sábado, marzo 24, 2018

EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - JNE... ¡SI ES UNA INSTITUCION CORRUPTA!

En el titular de mi articulo anterior cuestione la probidad del Jurado Nacional de Elecciones – JNE ante la decisión inicial de aplicar retroactivamente una absurda y claramente inconstitucional ley del Congreso que tiene por objetivo restringir los derechos políticos ciudadanos que garantiza la Constitución.

Hoy día, luego de un recurso de apelación y otro posterior de reconsideración presentado por un movimiento vecinal de la capital, el Jurado Nacional de Elecciones – JNE se ha pronunciado en el sentido de que la ley de marras no puede aplicarse retroactivamente y por tanto a confirmado la inscripción del movimiento vecinal así como su derecho a participar en las próximas elecciones.

De tal forma, aunque todavía falta ver si esa decisión también se aplica a otros movimientos vecinales a nivel nacional que se encuentran en la misma situación que el movimiento vecinal Limeño, creo que es hidalgo reconocer la propiedad con que ha actuado el JNE  en el caso planteado y publicar esta nota indicando que, dado los antecedentes y a la luz de la reciente decisión, podemos sostener que el Jurado Nacional de Elecciones – JNE ¡NO ES UNA INSTITUCION CORRUPTA! Resulta pues increible, inaceptable y vergonzoso que luego de haber emitido formalmente un fallo de esta naturaleza el Presidente es citado por la Congresista Ursula Letona, vecina precisamente del Distrito en cuestion, quien ejerce una presion politica impropia en dicho funcionario al punto que el mismo dispone no cumplir con la resolucion formal del pleno del jurado e impedir la inscripcion del movimiento vecinal mencionado asi como el de todos los movimientos vecinales a nivel nacional. De tal forma, y en calidad de pre-juicio, nos vemos obligados a correjir el texto original de este articulo e indicar que según nuestro criterio el tercer puesto en la escala de instituciones funcionalmente corruptas lo ocupa sin lugar a dudas el Jurado Nacional de Elecciones - JNE sigue ocupando, siendo que el cuarto puesto lo ocuparia, muy orondo, ”El Congreso de la Republica”. Esto es, después del Poder Judicial, SUNARP y ahora el JNE.

No obstante Hecha esta aclaración debemos destacar que, aunque el JNE ha demostrado probidad en el caso que explicamos en nuestro articulo anterior, también ha publicado una norma eliminando la posibilidad de que quienes consideren sus derechos políticos vulnerados puedan interponer recursos de reconsideración ante decisiones adversas en los recursos de apelación. 

Esto no sumado a la actitud pusilanime y genuflexa ante la influencia de la Congresista Letona no solo convierte al JNE en corrupto pero si sino que proyecta la imagen de que el mismo es una institución confusa y confundida que no entiende que su misión principal no es administrar los procesos electorales sino la de garantizar el absoluto respeto e inclusive “defensa” de los derechos políticos de los ciudadanos

Para ello es indispensable que el JNE brinde a estos las mayores facilidades posibles para reclamar cuando los mismos consideren que sus derechos están siendo violados. En ese contexto, la decisión de limitar las instancias de estos reclamos atenta flagrante y precisamente contra aquello que, pareciera ser, el JNE no entiende o, más grave aun, a lo que pareciera haber espontáneamente renunciado y que constituye la misión principal que le ha encargado la Constitución. Esto es, garantizar el limpio y amplio ejercicio de los derechos políticos consagrados en la Constitución.   

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